DISPOSITIVA
Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la solicitud Fiscal, en virtud de lo cual no califica la aprehensión en flagrancia y ordena la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que no están llenos los extremos contenidos en la flagrancia. SEGUNDO: Se imponen al ciudadano EDICKSON RAMON LEFEBRE PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad N° 13.964.814, las medidas cautelares sustitutivas de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3, 5 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: 1.-Presentación por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial los días 15 y 30 de cada mes. 2.- No ausentarse de la Jurisdicción del estado Amazonas, sin autorización del Tribunal; 3......