éste Tribunal Primero de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 579 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niñas y Adolescentes y 330 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), titular de la cédula de identidad N° V- (OMITIDA), venezolano, soltero, estudiante de segundo semestre de bachillerato en la Misión Ribas del Estado Apure, nacido en fecha el 09/10/1.993, de 15 años de edad, residenciado en Avenida Fuerzas Armadas, casa S/N, al lado del salón del reino de los testigos de Jehová, callejón la miel, en San Fernando de Apure, Estado Apure, h.....