administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio suscrito por los ciudadanos: KENEIMA NUIRKA AGUILAR DE PEREZ Y JOSE ALBERTO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y portadores de las cédulas de identidad Nros.-V-12.451.629 y V-15.304.956 respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese el oficio requerido. Cúmplase.-
EL JUEZ,