Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo manifestado por el Ministerio Público y de las actas procesales, en cuanto a la precalificación, existen elementos que hacen presumir la existencia del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en el artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia, es por lo que se califica como flagrante la aprehensión del ciudadano HARRINSON FARFÁN MEDINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 12.173.826, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se decreta el procedimiento especial, a fin de prosegu.....