Por todo lo expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Primera del Ministerio Público y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a MONTAÑO GARZÓN JAIME, titular de la Cédula de Identidad N°86.071.525, de nacionalidad colombiana, natural de Puerto Inirida, (Guainia), y con cédula Venezolana Nº 25.054.576, donde aparece con el nombre de Jaime Garzón Sánchez, por la presunta comisión del delito de USO DE CEDULA DE IDENTIDAD FALSA, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal.
Se decreta el CESE de las medidas de coerción personal.
Se ordena notificar a las partes.