Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS de la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, incoada por el ciudadano OMAR RAFAEL PEREIRA CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.739.814, domiciliado en el Conjunto Residencial Maisanta, Bloque 1, Apartamento N° 020, Puerto Ayacucho, Municipio Atures, estado Amazonas, debidamente asistido por la abogada YADIRA RIOS, inscrita en el IPSA bajo el N° 175.696, en su condición de Procuradora de Trabajadores Asesor en el estado Amazonas, en contra la entidad de trabajo "HASELCA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A.", RIF J-00364755-1. En consecuencia se declara:
PRIMERO: Se condena a la demanda.....