Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, acuerda HOMOLOGAR la transacción alcanzada por las partes, dándole el carácter de cosa juzgada, no obstante, no se ordena el cierre hasta tanto no conste el último pago, el cual deberá efectuarse el día 07 de enero del año 2010. Así se decide.