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Decisiones del dia 16/05/2014

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 [Total de sentencias: 12] Página 2 de 2
N° Expediente : 3638 N° Sentencia : 3638 Fecha: 16/05/2014
Procedimiento:
Homologacion De Obligacion De Manut
Partes:
TERZO VILLALOBOS SEBASTIAN Y YESSICA YELISMAR PENICHE CONDE, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS V-19.681.254 Y V-23.987.666
Resumen:
administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, el acuerdo suscrito por los referidos ciudadanos y le imparte su aprobación en los mismos términos que han sido expuestos, dándole carácter de Sentencia definitiva, firme con fuerza ejecutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quedando establecidos los regimenes allí acordados, por concepto de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar. Expídase por secretaria copia certificada del acta del acuerdo Homologado y de la presente resolución, fórmese un solo cuerpo y entréguese a los solicitantes, una vez consignen los fotostatos correspondientes. Cúmplase. EL JUEZ,
Juez/Ponente:
Mario Alberto Marcano Escobar
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : 3348 N° Sentencia : 3348 Fecha: 16/05/2014
Procedimiento:
Ejecucion De Sentencia
Partes:
MARIA PAOLA LONDOÑO YUAVE, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-21.107.950
Resumen:
se decreta la EJECUCION FORZOSA; por lo tanto se ordena el descuento de los siguientes montos de la nomina de pago del Obligado de la Manutención. PRIMERO: La cantidad de DOS MIL BOLIVARES (2000,00 Bs.) mensuales, por concepto de obligación de manutención. SEGUNDO: La cantidad de DOS MIL BOLIVARES (2000,00 Bs.), por concepto de Bono vacacional, que serán descontados en el mes de Marzo de cada año. TERCERO: La cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (1500,00 Bs.), por concepto de Bono Escolar, pagaderos en el mes de Septiembre de cada año. CUARTO: La cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (5000,00 Bs.), por concepto de Bono Navideño, pagaderos en el mes de Diciembre de cada; dichos descuentos deberán ser realizados los primeros cinco (05) días de cada mes y depositados en la cuenta de ahorros N° 1750575130061794785 del Banco Bicentenario. QUINTO: Librar oficio al Director de Personal de la Guardia Nacional Bolivariana, a fin de comunicarle lo conducente. Por ultimo se insta a los contabilistas a.....
Juez/Ponente:
Mario Alberto Marcano Escobar
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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