Se declara improcedente la demanda de rendición de cuentas incoada el día 06 de octubre de 2003 por el ciudadano CARLOS AUGUSTO RAMIREZ RAMIREZ, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSE LUIS ARENAS, VICTOR CORNIEL y WILFREDO CUMANA en contra de la Asociación Civil “TAXIS LA PROSPERIDAD”.