En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función Control de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emitió los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano, CAMICO GUAPO MARTIN, quien es de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° 14546953, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, nacido el 03/11/1978, de 32 años de edad, de profesión u oficio cauchero, residenciado en el Barrio Quebrada Seca, a tres casas de la cauchera "YOGUI", casa de color azul, Puerto Ayacucho, estado Amazonas, hijo de los ciudadanos Rafael Camico (F) Mercedes Guapo de Camico (v). SEGUNDO: Se DECRETA el la continuación de las investigaciones por las reglas del Procedimiento Ordinario por cuanto, el proceso se encuentra en etapa de investigación, de acuerdo con el contenido del artículo 373 del Código orgánico .....