Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (POR PRESCRIPCIÓN) y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida contra la ciudadana SILVA HERNANDEZ CARMEN GENOVEVA, de nacionalidad venezolana, natural de San Carlos de Río Negro, de 51 años de edad, para el momento de los hechos, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.565.351, residenciada en la Urbanización Simón Bolívar, Sector 1, Vereda 05, casa 19, diagonal a la Cancha, de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, (sin otra identificación), conforme a los artículos 285 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 108.....