este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la calificación en flagrancia en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo se acuerda la continuación por el procedimiento ordinario, conforme lo establecido en el artículo 373 ejusdem. Decretó medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los William Jiménez González, José Oswaldo Jiménez González, Lizmar Evelyn Yanave González, José Reinaldo Jiménez González, Jainyl Maria Zerpa, ya identificados al inicio, por la presunta comisión del delito de Trafico de Drogas en la Modalidad de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo de 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, conf.....