este Circuito de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos OLAIMAR AUXILIADORA GONZALEZ MARTINEZ y LORENZO EDUARDO INFANTE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.964.619 y V-10.922.869 respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha treinta (30) de Diciembre de Mil novecientos noventa y siete (1.997), por ante el Prefecto del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, y anotado bajo el acta Nº 174 de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho. Expídanse las copias que las partes soliciten.
Se homologan los acuerdos celebrados por los solicitantes en favor de la niña: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECID.....