DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente señalados, esta JUZGADORA SUPERIOR DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la parte demandada recurrente ciudadano Fabio Orozco Zambrano, en su condición de representante de la Firma Unipersonal "Transporte Fluvial La Roca, F.P, contra el auto de fecha 14 de agosto del año 2012, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Amazonas.
SEGUNDO: Se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Amazonas.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción.