DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente señalados, esta JUZGADORA SUPERIOR ACCIDENTAL DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer sobre la presente apelación.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JESÚS GUSTAVO PÉREZ BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.112.137, e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 115.494, sustituyendo a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela en contra de la sentencia emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 08 de julio del 2009 (folios 34 al 41 de la pieza 2), contenida en DEMANDA POR CALIFICACIÓN DE DESPIDO, que interpusiere la ciudadana ENRIQUETA RICARDA ORTIZ RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de id.....