DECISION
Por las razones que anteceden, este Tribunal Accidental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta por el apoderado de la querellada, Carlos Raúl Zamora Vera, contra la decisión de fecha seis (06) de mayo de dos mil nueve (2009), dictada por el Tribunal de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del estado Amazonas.
SEGUNDO: Con lugar el pedimento de la apoderada judicial de la parte actora. Abg. Ana Elizabeth Reyes.
TERCERO: Bájese el expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes, luego de transcurridos que sean 5 días a contar de la presente fecha.
CUARTO: Se condena al pago de costas a la querellante por su inasistencia al presente acto.
QUINTO: Se condena a la perdidosa al pago de intereses de mora, indexación y corrección monetaria.