En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Gobernación del Estado Amazonas en contra del Acto administrativo dictado por la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ayacucho, del estado Amazonas, de fecha 04/03/2013, que declaró abstenerse de Admitir la solicitud de Autorización para Despedir a la ciudadana Marian Gabriela Infante Olivo, Titular de la Cédula de Identidad N° V-18.835.362. Así se decide
SEGUNDO: Se anula el Auto de fecha 04 de marzo del 2013, dictado por la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ayacucho, estado Amazonas en la que se abstuvo admitir la solicitud de Autorización para Despedir a la ciudadana Marian Gabriela Infante Olivo, Titular de la Cedu.....