Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano OMAR ALFREDO BLANCO GUARAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.955.904, de este domicilio, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO AMAZONAS; ambas partes PLENAMENTE identificadas en auto, SEGUNDO: No hay condenatoria en costa por las partes Involucradas en la presente causa y de conformidad con lo establecido en el articulo 33 Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: Se ordena librar oficio dirigido a la Fiscalía Superior del Ministerio Público del estado Amazonas, participándole de la decisión con copia certificada de la misma. CUARTO: se ordena librar oficio dirigido a la ciudadana Ins.....