Por los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrado justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la reclamación de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: ABRAHAN EZEQUIEL ALAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.775.167. Por desistir al proceso al no comparecen a la audiencia fijada por este juzgado. Esto en conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, déjese copias certificadas de la presente decisión.