En razón de las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones Accidental en lo Penal, Responsabilidad Penal de Adolescentes, y Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de reposición, planteada por el abogado HERNAN TOMAS ZAMORA VERA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.921.214, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 44.277, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos LIDA DEL CARMEN SILVA CHACIN y SILVERIO ANTONIO ÁLVAREZ, titulares de las cédulas de identidad números. V-8.945.569 y V-8.904.822, respectivamente, en el presente asunto signado con el Nº 001100, contentivo de los Recursos de Apelación interpuestos por la abogada KALY BARRIOS DE FERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.949.320, inscrita en el Inpreabogado co.....