Dispositiva
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo, de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el presente asunto contentivo del recurso de apelación ejercido por el ciudadano Juan Luís Font, en contra del auto de fecha 16 de Julio de 2008, en el cual el Tribunal A quo, declara sin lugar las oposiciones efectuadas por las partes a la admisión de las pruebas promovidas en la causa contentiva de demanda de Interdicto Restitutorio, incoada por el recurrente, en contra de la ciudadana Grecia Figueroa. Y así se declara.