Con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara Sin Lugar el recurso de apelación ejercido por la abogada Azalia Lugo, en su condición de Defensora Pública, en contra de la decisión proferida por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial del estado Amazonas, en fecha 04 de Diciembre de 2007, mediante el cual decretó Medida Privativa Preventiva de Libertad a su defendido.