Esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogado EDITA FRONTADO JIMENEZ, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano DOUGLAS ALEXANDER DELGADO MONTOYA, contra la decisión dictada en fecha 19 de Octubre de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal con funciones de Juicio de este Circuito Judicial. Y así se decide.