Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la INHIBICION planteada por la Abogada Ana Carolina Calderón, Juez Provisoria de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en la causa Nro.2010-6839, contentiva de demanda de nulidad del Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 04 de Julio de 2009, y registrada en fecha 07 de Julio de 2009, interpuesta por el abogado Carlos Raúl Zamora Vera, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.542.076, inscrito en el Inpreabogado con el N° 29.492, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Thais Josefina Seguías Leotaud, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.903.672.