Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación de Sentencia, ejercido por los Abogados JOSÉ RAFAEL URBINA SÁNCHEZ, y JOSÉ SERVANDO MOTA, en sus condiciones de Defensores Privados de los ciudadanos ERICK DANIEL GARCIA JIMÉNEZ y ALEXANDER JOSÉ SANDOVAL HERNÁNDEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 06AGO2012, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada en fecha 06AGO2012, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en la causa numero XP01-P-2011-004781, TERCERO: SE DESESTIMA de oficio el delito de Agavillamiento, atribuido a los acusados de autos. CUARTO: SE MODIFICA la pena impuesta quedando en ONCE (11) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN la pena que en definitiva deberán cumplir los acusados de autos.