Por fuerza de lo expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: Vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, este Tribunal en base al contenido del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, hace una revisión del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición realizada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público en esta audiencia y ADMITE TOTALMENTE, el escrito de acusación presentado por el Ministerio Público, en el que acusa a las ciudadanas, JULIA PASTORA MARCHAN, titular de la cedula de identidad Nº V-9.612.459 y DAYRIBETH SUSANA URBANO, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.697.695, a quien la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico, acusa como CÓMPLICES en la comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el articulo 16, contemplado en la Ley Contra el Secuestro y la Ext.....