Por todas estas razones conforme al artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, y 193 del la Ley Orgánica de drogas, este juzgado de control Uno del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se autoriza la destrucción de la droga, solicitada en fecha 26 de julio de 2011, por la Abogada Ildenis Rosa Santos Bastidas, en su carácter de Fiscal Octavo del Ministerio Público asunto al cual se asignó el número XP01-P-2011-001355.
SEGUNDO: La destrucción se ejecutará preferentemente por incineración o, en su defecto, por otro medio apropiado de acuerdo a la naturaleza de las mismas, la cual estará a cargo del Ministerio Público y con la asistencia de un funcionario o funcionaria de la policía de investigaciones penales, un experto o experta de la misma y el operador del horno o del sistema de destrucción.
TERCERO: Los mismos suscribirán el acta o las actas que.....