Con fundamento en las consideraciones expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia con Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: por estimar que en el presente caso nos encontramos frente a delitos conexos y debe hacerse imperar el Principio de Unidad del Proceso, por tratarse de causa penales seguidas a un mismo acusado, sobre la base de los artículos 70 numeral 4, y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ACUERDA LA ACUMULACIÓN DE LAS CAUSAS signadas XP01-P-2006-000461 y XP01-P-2005-000721, quedando activo el asunto XP01-P-2005-000721, y terminado por acumulación el asunto XP01-P-2006-000461. SEGUNDO: Agréguese copia certificada del presente auto, como cierre de pieza de la causa N° XP01-P-2006-000461, la cual se denominará ANEXO N° 1 y 2, de la causa N° XP01-P-2005-000721. TERCERO: Notifíquese a la.....