Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Visto los alegatos de las partes, por cuanto se evidencias de los mismos, que el ciudadano FRANCISCO GUAPO BERNABE, fue autorizado, como miembro de la Asociación civil de Autoridades Tradicionales indígenas del resguardo de comunidades indígenas, Inárida, ARAI, para la compra y construcción de la balsa incautada, evidenciadote de la factura de los elementos solicitados que encuentran a nombre de los mismos, y por cuanto en la presente causa, solo fue admitido el delito OCUPACION ILICITA DE AREAS DE REGIMEN DE ADMINISTRACION ESPECIAL, no evidenciándose alguna actividad minera en el estado venezolano, y oída la manifestación del solicitante en cuanto a que señala que los elementos incautados se encuentran en estado de deterioro este Juzgado en consecuencia, ACUERDA; la .....