Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL UNIPERSONAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos LUÍS RAMÓN ALFARO GONZÁLEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V- 19.352.597, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, lugar donde nació en fecha 05 de noviembre de 1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Barrio Luisa Cáceres, casa sin numero color amarilla, de esta ciudad, frente a la cancha, de esta ciudad y OCTAVIO ROCHA ALFARO, titular de la Cedula de Ciudadanía Nº 1.004.501.239, de nacionalidad Colombiana, natural de Magdalena, Republica de Colombia, lugar donde nació en fecha 01 de Diciembre de 1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio.....