Con fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO UNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto que el penado, cumple a cabalidad todos y cada uno de los requisitos exigidos por el Legislador para la procedencia de la Medida Alternativa al cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo, tomando en consideración el tiempo cumplido a la fecha, es decir mas de un cuarto (1/4) de la pena impuesta, resulta procedente y ajustado a derecho, ACORDAR a favor de ARGENIS JAVIER CONDE, titular de la Cédula de identidad Nº V -18.243.039, la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, consistente en TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal y 66, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario......