En fuerza a los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA LA PENA de Un (01) año y Cuatro (04) meses de prisión, a la cual fue condenado a cumplir el ciudadano DENNY GUILLERMO PEREZ, venezolano, y Titular de la cédula de identidad N° V.- 13.714.513. todo conforme a lo previsto en el artículo 112 ordinal 1° del Código Penal, vigente para la fecha de comisión del delito, y como consecuencia de ello LA LIBERTAD PLENA del mismo. Y como consecuencia de ello se ordena oficiar: al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del estado Amazonas con la finalidad que sea excluido de cualquier solicitud policial que pudiera presentar el prenombrado ciudadano con referencia, únicamente, a la orden de captura librada a ese despacho, mediante oficio Nro. 1921-0.....