Por el razonamiento anteriormente expuesto, este Juzgado Único de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA la Fórmula de Cumplimiento de Pena de RÉGIMEN ABIERTO al penado JHORMAN REINALDO TERÁN GONZÁLEZ, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 17.105.235, nacido en Puerto Ayacucho Edo. Amazonas, soltero, de profesión estudiante, hijo de Del Valle González (v) y de José Terán (v) y residenciado Urb. Gonzalo Barrios, Calle 1, casa N° 14 color verde de esta ciudad de Puerto Ayacucho del Municipio Atures del Estado Amazonas, actualmente cumple pena de pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO más las accesorias de ley en la Penitenciaria General de Venezuela por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio de la niña.....