Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE al penado Félix Conde Amazonas, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.325.137, la LIBERTAD CONDICIONAL POR RAZONES HUMANITARIAS, debido a la enfermedad que padece en la actualidad, imponiéndole al penado las obligaciones de:1.- no ausentarse sin autorización previa del Tribunal de la Jurisdicción del Estado Amazonas; 2.- Mantener al Tribunal informado del lugar de residencia; 3.-Presentar al Tribunal un informe médico en relación a su estado de salud y someterse a evaluaciones periódicas cada tres meses ante el Servicio de Medicina Legal del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Orgánico .....