Por todo lo expuesto anteriormente, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL POR CUMPLIMIENTO DE PENA y conceder la LIBERTAD PLENA al penado HECTOR JOSE GARCIA URRIOLA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.910.124, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/08/1980, de 28 años de edad, profesión u oficio albañil, estado civil Soltero, hijo de José García (v), Dalia Urriola (v), residenciado en el Triangulo de guaicaipuro, en una invasión, al frente del Gallo Rojo, rancho de zinc, de esta ciudad, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, por la comisión del delito de DISTRIBUIDOR EN MENOR CANTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILICITO Y.....