En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA a favor de HENRY ALEXANDER FLANDEZ RAMÍREZ, titular de la cédula de Identidad Nº V-16.766.381, nacido en Puerto Ayacucho, estado Amazonas, en fecha 13/02/1980, de estado civil soltero, grado de instrucción 7mo. Grado, de Oficio Pescador, residenciado en Monte Bello, Sector el Campito, casa Nº 49, de esta Ciudad, y en Caracas, Centro de Rehabilitación Nosotros Unidos, frente al Centro Comercial de Coche, hijo de Nilsa Ramírez (v) y Félix Maria Flandez (v), conforme a lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose un régimen de prueba de TRES AÑOS, conforme a lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico .....