Se declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, en consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos MAGERLLIN COROMOTO SILVA BLANCO y VICTOR MANUEL DURAN HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros 12.173.858 y 13.506.333, respectivamente y de este domicilio, por ante la Prefectura del Municipio Atures, hoy Registro Civil del Municipio Atures, suscrito en el libro de registro civil de matrimonios bajo el acta Nº 87, de fecha veintisiete (27) de Octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995).