Esta Jueza Unipersonal No. 02, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de Colocación Familiar solicitada por la ciudadana CARMEN TERESA ESPAÑA, Fiscal tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, actuando en interés Superior de la niña IDENTIDAD OMITIDA, de dos (02) años de edad, en consecuencia los ciudadanos JULIA DIAZ DORANTE y CAMILO CAMICO MIRABAL (Guardadores), ambos venezolanos, mayores de edad, del Pueblo Indígena Puinave, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. 18.050.484 y 10.921.634, respectivamente, no continuarán en el ejercicio de la Guarda de la prenombrada niña, por tanto se ordena la restitución inmediata de la prenombrada niña a su padre biológico ciudadano RICHARD JOSE GOMEZ GUERRERO, venezolano, mayor de e.....