En virtud de las anteriores consideraciones este Despacho Judicial, a cargo de la Jueza Unipersonal N° 01 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por la Representante de la Defensoría Shamani, suscrito por los ciudadanos CARRASQUEL CHIPIAJE CELMA JUANA y ZERPA RODRIGUEZ JOSE LUIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.258.438 y V-15.304.434 respectivamente. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten. Cúmplase.