Por lo tanto, esta Servidora Judicial, en atención a lo anteriormente señalado y de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decide:
1.- Revocar la medida de colocación familiar dictada a favor del adolescente (identidad omitida), en el hogar del ciudadano NEXIS ALBERTO GONZALEZ.
2.- Acordar la colocación familiar a favor del prenombrado adolescente en el hogar del ciudadano MIKE RAYMOND GASPAR, antes identificado, por el lapso de CUARENTA Y CINCO (45) días, contados a partir de la presente fecha.
3.- Ordenar a la Trabajadora Social adscrita a esta Sala de Juicio la realización del Informe Integral al ciudadano MIKE RAYMOND GASPAR.
4.-Asimismo se acuerda librar oficio al Jefe de Destacamento Regional N° 09 de la Guardia Nacional del Estado Amazonas, a fin de que haga comparecer por ante este Despacho Judicial, al ciudadano NEXIS ALBERTO GONZALEZ, a través de la fuerza pública, Líbrense oficio. Cúmplase lo ordenad.....