Por todas estas razones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 768 y 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la presente solicitud de rectificación de partida de nacimiento, en consecuencia; se ordena a la Directora del Registro Civil del Municipio General Manuel Cedeño del Estado Bolívar, estampar la debida nota marginal en la partida de nacimiento N° 57 de fecha 27 de Enero de 1.992, en la cual deberá estamparse el nombre del adolescente LEONAR JESUS, como "LEONARD JESUS". Asimismo, se acuerda nombrar como correo especial a la ciudadana LUISA DEL CARMEN GONZALEZ BETANCOURT, para que entregue la presente sentencia al registro Civil correspondiente. Líbrese oficio. Cúmplase.