Este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenio de obligación de manutención presentado por la Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes, Conciliadora de la Defensoria del Niño y del Adolescente "Shamani", ROSA MARÍA CALZADILLA JIMENEZ, suscrito por los ciudadanos NILSON JAVIER HERNÁNDEZ ALTUVE y MILDRED CAROLINA PEÑALVER HEREDIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.291.260 y V-15.120.019, respectivamente. Asimismo, se ordena la apertura de una cuenta de Ahorros en la Entidad Bancaria Banfoandes y, el descuento de las cantidades homologadas al ente empleador, las cuales deberán ser enviadas mediante cheque no endosable a nombre de este Tribunal o de la beneficiaria. Una vez que conste en autos el respectivo número de cuenta se notificará al ente empleador. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-