este Tribunal de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ROSA DINORA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.567.763, de este domicilio, y ALCIDES ENRRIQUE ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.902.768, de este domicilio, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha veinte (20) de marzo de 1.981, por ante el Juzgado del Departamento Atures de la Circunscripción Judicial del Estado Apures y Territorio Federal Amazonas y anotado bajo el Nº 8 en los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Juzgado. Expídanse las copias que las partes soliciten.-
Por consiguiente queda disuelta la Comunidad Conyugal.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellad.....