Este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA esta actuación Título Supletorio suficiente para asegurar derechos hereditarios en la sucesión del causante CARLOS ANTONIO CABULLA, a favor de sus hijos (IDENTIDAD OMITIDA), de cuatro (04), diez (10), Doce (12), catorce (14), dieciséis (16) y diecisiete (17) años de edad respectivamente, y a su concubina ZULAY HERLINDA HOSORIO ROMERO, supra identificados, quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos a terceros de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Cumplidas como han sido todas las actuaciones en la presente causa, devuélvanse originales con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-