Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA, consumada de pleno derecho la PERENCIÓN, y en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en la presente causa, conforme al artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.