Por todas las anteriores razones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de cumplimiento de la Obligación Alimentaria incoada por la representante del Ministerio Público en contra del ciudadano ERLIN JHONATAN BATISTA BIETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.105.460, en consecuencia se le condena a pagar las siguientes cantidades:
1.- La suma de SEISCIENTOS SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 670.000,00) por concepto de OCHO (8) mensualidades vencidas a razón de CIEN MIL (Bs. 100.000,00) desde el mes de septiembre de 2005 a abril de 2006.
2.- Una cantidad equivalente al 30% de la bonificación de fin de año recibida por el ciudadano ERLIN JHONATAN BATISTA BIETO, en diciembre de 2005.
3.- La cantidad de CINCUENTA Y TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 53.600,00) por concep.....