este Tribunal de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se concede al Ministerio Público un lapso de (120) DÍAS CONTINUOS, para la presentación de los actos conclusivos a que haya lugar en el presente asunto, (IDENTIDAD OMITIDA). , venezolano, natural de (IDENTIDAD OMITIDA). , titular de la Cédula de Identidad N° (IDENTIDAD OMITIDA). , nacido el día (RESERVADO). , de 16 años de edad, de profesión indefinida, estudió hasta de2do año en la Creación Puerto Ayacucho, (IDENTIDAD OMITIDA) residenciado por (IDENTIDAD OMITIDA)de esta ciudad de Puerto Ayacucho; a quien se le sigue averiguación penal, por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, ahora 415 ejusdem, en agravio del ciudadano: RONDON MAVE ANGEL OLIVO, el.....