DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA CALIFICACIÓN DE DETENCIÓN EN FLAGRANCIA, DEL ADOLESCENTE, SE OMITE SU IDENTIDAD (ART. 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), antes identificado, de conformidad a lo establecido en los Artículos: 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y 557 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y por aplicación del Artículo 537 Ejusdem, con fundamento a lo dispuesto en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la continuación del presente proceso por los trámites del Procedimiento Ordinario. Se ordena notificar a la Comandancia General de Policía del Estado Amazonas, de la presente decisión. CÚMPLASE. ASI SE DECIDE.
LA JUEZA.....