DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Declarar extinguida la acción penal, por prescripción, de conformidad con lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y consecuencialmente, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO del asunto seguido en contra del adolescente, IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de SUMINISTRO DE SUSTANCIAS NOCIVAS previsto en el artículo 263 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en perjuicio de la adolescente [...]. Segundo: Se ordena el archivo de las actuaciones que constituyen el presente asunto en la oportunidad legal. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo cond.....