DISPOSITIVA
En atención a los razonamientos anteriormente esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, del Circuito Judicial del Estado Amazonas, en funciones de Control de la Sección de responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Primero: Declara con lugar la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en el presente asunto solo a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, norma de aplicación supletoria por remisión del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano. Segundo: Como resultado de haberse decretado el Sobreseimiento definitivo procede la consecuenc.....